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 Veto a los colegios profesionales de las autonomías

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T O P I C    R E V I E W
felix Posted - 28/05/2009 : 13:44:51
Veto a los colegios profesionales de las autonomías

Fuente: Expansión


Obliga a rectificar a Economía para que se pueda mantener la unidad de mercado. Critica la transposición de la Directiva de Servicios que ha hecho el Ministerio.


El Ministerio de Economía no atina en la transposición de la Directiva de Servicios. El Consejo de Estado ha emitido su dictamen sobre el anteproyecto de ley que introducirá en España una batería de medidas para, en teoría, liberalizar los servicios, y ha criticado que Economía ha introducido una serie de “incongruencias” que no casan con la normativa comunitaria.

Los colegios podrán poner límites a la publicidad que hagan los profesionales
No sólo eso, sino que esta adaptación normativa –que afecta a muchos sectores– está recibiendo la influencia y la atracción de las autonomías. Así ha sucedido con la futura legislación del comercio, en la que el ministro de Industria, Miguel Sebastián, ha cedido ante las regiones para que controlen los comercios –ver EXPANSIÓN del 14 de abril–.

En el sector de los colegios profesionales, el Ministerio de Economía estaba dispuesto también a introducir los colegios obligatorios de ámbito autonómico, pero el Consejo de Estado se ha encargado de parar esta medida porque es una cuestión que corresponde al legislador estatal.

Así se había incluido en el anteproyecto de ley –conocida como ley ómnibus– que modificará 46 leyes para adaptarse a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio –denominada ley paraguas y que transpondrá en nuestro ordenamiento la Directiva de servicios–. Como apunta el dictamen, “debería precisarse y dejar claro que se trata de una materia sujeta a regulación por ley estatal y que se respeta el principio de colegiación única”.

Economía da marcha atrás e introduce 'criterios orientativos' en los honorarios
Ahora, esta posibilidad de que existan colegios autonómicos de carácter obligatorio ha desaparecido en un nuevo texto que Economía ha tenido que elaborar para respetar las pautas del Consejo de Estado.

El Consejo emitió su dictamen el jueves 21 y Economía cambió el 22 el anteproyecto siguiendo una serie de indicaciones del dictamen.

Sólo una victoria
Así, el Ministerio de Economía sólo ha salido victorioso en un punto de carácter liberalizador: los visados colegiales sólo se tendrán que pagarse si lo piden los clientes o si están impuestos por una norma con rango de ley.

Esto es un golpe considerable para los colegios porque, como explican fuentes de Unión Profesional, “el resultado final es la práctica supresión de la obligatoriedad del visado colegial”. Como se sabe, los visados son una herramienta clave para los colegios porque, según explican, “ofrecen una garantía de que la actuación del profesional ha sido correcta”. Esto afecta principalmente a profesiones como los arquitectos y los ingenieros. En la práctica, son también una fuente de ingresos de los colegios.

Economía ha tenido que dar marcha atrás –por indicación del Consejo de Estado– en otras dos cuestiones: la supresión de los baremos orientativos de honorarios y la libertad en la publicidad. El Consejo de Estado sugería en su informe que la Directiva de Servicios permite introducir matices. Y así lo ha hecho Economía.

Por un lado, los colegios “podrán contemplar previsiones expresas dirigidas a exigir a los profesionales colegiados que su conducta en materia de comunicaciones comerciales sea ajustada a lo dispuesto en la ley”. Es decir, no todo valdrá en publicidad. Por otro lado, en relación con los honorarios, los colegios “podrán elaborar criterios orientativos a los exclusivos efectos de la tasación de costas en los procesos judiciales”. Es decir, no desaparecen del todo, como plasmó inicialmente en el borrador de ley el Ministerio, las orientaciones sobre los precios que cobren los profesionales.

Sólo serán obligatorios los visados exigidos por la ley, el resto serán voluntarios
El dictamen del Consejo también censura otros defectos de transposición de la Directiva, en una serie de sectores: minas, postales, etc.

Objeciones
- La principal objeción que hace el Consejo de Estado al Ministerio de Economía es que al adaptar la Directiva de Servicios “se han detectado incongruencias, tal vez como consecuencia de la excesiva celeridad con que se han elaborado el texto final y las memorias”

- Economía quería respaldar la existencia de colegios autonómicos obligatorios, pero el Consejo de Estado le ha hecho rectificar porque “la colegiación obligatoria corresponde al legislador estatal”

Nada más recibir el dictamen, el Ministerio se apresuró a corregir los fallos
- La liberalización se produce realmente en los visados, ya que los profesionales no podrán exigirlos si no están impuestos en “normas con rango de ley”

La revolución de los visados
El nuevo anteproyecto de ley ómnibus, que modificará unas 46 leyes para adaptarse a la Directiva de Servicios, establece claramente la voluntariedad del visado. Según establece el texto, al que ha tenido EXPANSIÓN, “en ningún caso el colegio impondrá la obligación de visar trabajos profesionales”.

De esta forma, Economía introduce un factor que liberaliza el sector de los colegios y les hará perder influencia, ya que estas entidades ejercen una suerte de función controladora sobre los proyectos profesionales en los que se exige visado. Así sucede sobre todo en el campo de la ingeniería y arquitectura.

La colegiación obligatoria peligra
La colegiación obligatoria puede quedar en el aire en el futuro si el último texto de anteproyecto sigue adelante. El motivo es que relaciona la obligación legal de colegiarse a cada profesión. Esto supone un cambio sustancial porque ahora se sobreentiende que esta obligación depende de cada profesión y según las alegaciones que se presentaron en su día por los ingenieros industriales, “la colegiación queda configurada como facultad de disposición voluntaria”.

Es decir, a partir de ahora, si el anteproyecto mantiene su redacción, habrá que mirar cada profesión para ver si en su legislación específica tiene la obligación de colegiación.

Las sociedades profesionales
Las sociedades profesionales son otro de los puntos que toca el anteproyecto de ley. Como se recordará, se ha cambiado la distribución del capital entre los socios ya que los que no son socios profesionales podrán tener más accionariado: “Habrán de ser socios profesionales como mínimo la mitad más uno de los miembros de los órganos de administración”.

Esto permite más flexibilidad en este tipo de sociedades porque anteriormente los socios no profesionales o ajenos sólo podían tener el 25% del capital. Esto suponía una limitación para los inversores interesados en la actividad de las sociedades profesionales.

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