OBJETO SOCIAL

Para permitir una mayor flexibilidad en el desarrollo de actividades empresariales distintas sin tener que acudir a modificaciones estatutarias, el objeto social es genérico, si bien se da la opción a los socios de establecer, además, una actividad singular.

Durante sus primeros años de existencia, es muy frecuente que las empresas cambien de actividad. Un objeto social amplio permite a los emprendedores variar de actividad, si así lo desean, sin tener que modificar los estatutos sociales, lo que supone un ahorro en tiempo y costes.

Es importante señalar que no podrán constituirse como Sociedad Limitada Nueva Empresa aquellas empresas que por mandato legal deban constituirse obligatoriamente como sociedades anónimas, las que requieren objeto único y exclusivo y las sociedades patrimoniales o de cartera. (Por ejemplo: Entidades Financieras, Hidrocarburos, Juego, Seguros, Agencias de Valores, etc.).  

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